Este decreto del Gobierno de Panamá inmigración establece que un extranjero que haya trabajado en una o varias compañías multinacionales en Panamá, puede solicitar el permiso de residencia permanente, después de transcurridos 5 años desde la aprobación de la Visa de personal de Sede de Empresa Multinacional. El periodo de 5 años se puede contar continuamente o en intervalos.
El Decreto Ejecutivo No. 238 establece que el solicitante no requerirá autorización adicional para trabajar en ninguna empresa de SEM. Para quienes trabajan actualmente en una empresa multinacional, los requisitos son:
- Poder y solicitud (notariada y con sus respectivos sellos fiscales) dirigida al Servicio Nacional de Migración.
- 3 fotos de tamaño carné.
- Copia del pasaporte cotejada por un notario público panameño, o acompañado de la certificación de la representación diplomática de su país.
- Certificado de salud.
- Declaración jurada de antecedentes personales.
- Pago de $250 al Tesoro Nacional.
- Carta de trabajo emitida por la Empresa Multinacional dirigida al Servicio Nacional de Migración con los datos laborales del solicitante que incluyen el cargo desempeñado, salario, descripción de los deberes y tiempo trabajado.
- Carta de certificación bancaria emitida por un banco con licencia para operar en Panamá que muestre un saldo de al menos $1000 más $1000 por cada dependiente.
- Prueba de registro en la Caja de Seguro Social.
- Certificación por parte de la Secretaría Técnica de la Comisión de Licencias de Sedes de Empresas Multinacionales según la Ley N° 41 de 2007 y la Ley N° 57 de 2018.
Si tiene dependientes:
- Certificado para demostrar matrimonio por al menos 5 años (autenticado y traducido). Incluye niños de hasta 18 o hasta 25 si aún son dependientes debido a estudios o discapacidad.
Para aquellos que dejaron de trabajar en una empresa multinacional y ya completaron los 5 años de trabajo desde que se aprobó su Visa, los requisitos son los mismos, pero además requieren:
- Prueba de una inversión mínima de $150,000 en Panamá. Esto se puede lograr mediante:
- Depósito a plazo fijo con una duración mínima de 3 años.
- Propiedad inmobiliaria a nombre del solicitante, libre de gravámenes.
- Una combinación de un depósito a plazo y una propiedad inmobiliaria.
- Certificación emitida por la Secretaría Técnica de la Sede de la Comisión de Licencias de Corporaciones Multinacionales, que acredite que la empresa está o fue autorizada por el régimen especial de Panamá.
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